Los clientes tienen derecho a productos de calidad que les garanticen la protección de la vida, salud y su seguridad económica, emocional y social. Los compradores generan ingresos pero más allá de eso existen leyes que los salvaguardan.
En la República Dominicana la Ley General de Protección de los Derechos al Consumidor o Usuario establece un régimen de defensa a los clientes para garantizar equidad y seguridad jurídica en sus relaciones con los vendedores.
Estas disposiciones son de orden público y sobrepasan leyes sectoriales. De hecho, gracias a esta Ley 358-05, se crea el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor). Es una entidad normativa y vigila el funcionamiento de un mercado honesto para los compradores.
Las empresas tienen la obligación de proveer a Pro Consumidor las informaciones referentes a sus prácticas empresariales que les sean útiles para la resolución de conflictos. En caso de que esa institución encuentre evidencias de infracciones a la ley, el negocio será sancionado acorde al reglamento.
Y es que, los derechos de los clientes deben ser respetados, siempre. Antes de esta legislación, solo existía una entidad para el control de precios, pero se carecía de un organismo que velara por la protección de los consumidores. Cuando se entiende que la sociedad completa es de manera directa o indirecta usuario de los productos o servicios de mercado, preocuparse de que no se violen sus derechos adquiere una importancia mayor.
Impulsa Popular extrae de esta ley los derechos fundamentales que tu negocio debe proteger siempre. El artículo IV los plantea de la siguiente manera:
- La protección a la vida, la salud y seguridad física en el consumo o uso de bienes y servicios;
- La educación para el consumo y el uso de bienes y servicios;
- Recibir de los proveedores por cualquier medio de mensaje de datos, Internet, servicios de mensajería, promoción o cualquier otro medio análogo; una información veraz, clara, oportuna, suficiente, verificable y escrita en idioma español sobre los bienes y servicios ofrecidos en el mercado, así como también sobre sus precios, características, funcionamiento, calidad, origen, naturaleza, peso, especificaciones en orden de mayor contenido de sus ingredientes y componentes que permita a los consumidores elegir conforme a sus deseos y necesidades, así como también cualquier riesgo que eventualmente pudieren presentar;
- La protección de sus intereses económicos mediante un trato equitativo y no discriminatorio o abusivo por parte de los proveedores de bienes y servicios;
- La reparación oportuna y en condiciones técnicas adecuadas de los daños y perjuicios sufridos por el consumidor, siempre y cuando el riesgo o daño no haya sido previamente informado por el proveedor, conforme a la letra c) del presente artículo;
- Asociarse y constituir agrupaciones de consumidores y/o usuarios de bienes y servicios;
- Acceder a los órganos jurisdiccionales correspondientes para la protección de sus derechos y legítimos intereses, mediante un procedimiento breve y gratuito;
- Acceder a una variedad de productos o servicios que permitan su elección libre, al igual que le permitan seleccionar al proveedor que a su criterio le convenga;
- Vivir y trabajar en un medio ambiente digno y sano que no afecte su bienestar ni le sea peligroso.