¿Cómo calcular las prestaciones de un empleado que renuncia?

¿Cómo calcular las prestaciones de un empleado que renuncia?

Al momento de firmar un contrato de trabajo, tanto el empleado como el empleador acuerdan ciertos deberes y derechos que se deben respetar bajo cualquier circunstancia.

Si el empleado ejerce el desahucio no tiene derecho a que la empresa le pague un auxilio de cesantía pero sí algunas prestaciones, ya que el auxilio de cesantía solo se paga cuando el trabajador es desahuciado por la empresa. Las prestaciones de un empleado cuando él ejerce el desahucio son las siguientes: proporción de regalía pascual, las vacaciones no disfrutadas y las primas extra legales que se hayan pactado en el contrato de trabajo.

El Código de Trabajo establece que cuando una de las parte ejerce el desahucio debe dar aviso previo a la otra de acuerdo a lo establecido en el artículo 76 del código. Si algunas de las partes  no desea cumplir con el aviso previo, debe pagar a la otra de acuerdo a los rangos establecido en el artículo 79.

Por último, te informamos que el Ministerio de Trabajo cuenta con una calculadora muy útil para estimar el monto de la liquidación de tus empleados. Puedes acceder a ella desde este enlace: http://calculo.mt.gob.do/.