¿Qué es el Sistema Dominicano para la Calidad?

¿Qué es el Sistema Dominicano para la Calidad?

El Estado Dominicano, con la finalidad de implementar una cultura de calidad, promulgó la Ley 166-12 que tiene como propósito fundamental definir, establecer y regular el Sistema Dominicano para la Calidad (SIDOCAL), al igual que la creación del Consejo Dominicano para la Calidad (CODOCA).

El Sistema Dominicano para la Calidad se encarga de las actividades relacionadas con el desarrollo y la demostración de la calidad y seguridad de los productos, procesos, sistemas e instalaciones de las empresas dominicanas, a los estándares exigidos en el mercado nacional e internacional.

El SIDOCAL tiene como prioridad el cumplimiento de los siguientes objetivos:

– Proveer servicios técnicos especializados en materia de la calidad para evitar prácticas comerciales o de otra índole que induzcan o puedan inducir a error o engaño a los consumidores y usuarios.

– Contribuir al fortalecimiento de la competitividad y productividad de las empresas y organizaciones nacionales.

– Proporcionar confianza en la transacción de los bienes y servicios.

– Facilitar el cumplimiento de los compromisos internacionales en materia de evaluación y otros aspectos relacionados con una infraestructura de calidad.

– Difundir y afianzar en la conciencia nacional una cultura de la calidad.

– Brindar apoyo y asistencia técnica a los reguladores del Estado en materia de reglamentos técnicos.

Para el mejor cumplimiento de sus funciones el Sistema Dominicano para la Calidad está conformado por las siguientes instituciones:

  1.   El Consejo Dominicano para la Calidad (CODOCA), máxima autoridad del SIDOCAL, está encargada de formular, coordinar, organizar y difundir las políticas y directrices relativas a las materias que trata la Ley 166-12. Así como contribuir con el desarrollo, fortalecimiento y reconocimiento internacional del SIDOCAL.
  2.   El Instituto Dominicano para la Calidad (INDOCAL), autoridad nacional responsable de la normalización técnica y la metrología.
  3.   El Organismo Dominicano de Acreditación (ODAC), encargada de acreditar formalmente las competencias técnicas de los organismos de evaluación de la conformidad (acreditar), respaldando así la integridad, transparencia y coherencia de las actividades a las que se dedican.
  4. Los organismos evaluadores: entidades de certificación, laboratorios de ensayos y calibración y organismos auditores, de verificación o inspección, independientemente de si operan en el sector público o privado. Estos organismos conforman la infraestructura acreditable para la calidad.
  5.   Los ministerios y otras instituciones u organismos del Estado dominicano que, en función de sus competencias legales, tengan o en el futuro puedan tener la facultad legal de elaborar procedimientos de evaluación de la conformidad o de emitir y asegurar el cumplimiento de reglamentos técnicos.

Cabe destacar que la Ley 166-12 es aplicable a toda persona o entidad con personalidad jurídica, pública o privada que participe directa o indirectamente en la producción, transporte y comercialización de bienes y servicios.

Por ello, la importancia que la pequeña y mediana empresa conozca las funciones y normativas de los organismos que componen el Sistema Dominicana para la Calidad, y que sirven de apoyo para garantizar el buen funcionamiento de las actividades comerciales cumpliendo con los estándares de calidad requeridos por el mercado nacional e internacional.