Lo que debes saber para iniciar un negocio

Lo que debes saber para iniciar un negocio

Al iniciar un negocio o empresa debes seleccionar la forma que mejor se adecue a tus necesidades y requerimientos. Para fines tributarios, es necesario definir si realizarás tus actividades económicas como persona física o como una persona jurídica, ya que la ley establece obligaciones diferentes para cada una, y por ende, requisitos diferenciados para la inscripción en el Registro Nacional del Contribuyente (RNC).

Los contribuyentes que inician una actividad económica, ya sea bajo el ejercicio independiente de una profesión u oficio, y que no reúnan las condiciones requeridas para constituir una sociedad o persona jurídica, se denominan personas físicas o naturales.

En tanto, que quienes deciden formar una sociedad legalmente constituida y optan por crear una sociedad de capital; sociedad de persona; sociedad de hecho; sociedad irregular o cualquier otra forma de organización no prevista expresamente, cuya característica sea la obtención de utilidades o beneficios, se llaman personas jurídicas o sociedades.

Personas físicas: Son los entes a los cuales se les reconocen capacidades para ser sujetos de derechos y obligaciones, entre las cuales se describen:

Profesional liberal. Se refiere a las personas físicas o naturales que generan obligaciones tributarias al ejercer una profesión o actividad como medio de producción. Ejemplo, consultores, médicos, abogados, contadores, artistas, entre otros

Oficios independientes. Son las personas físicas o naturales que generan obligaciones tributarias cuando prestan servicios que requieren esfuerzo técnico o habilidad manual, como es el caso de los pintores, mecánicos, ebanistas, y otros.

Negocio de único dueño. Se trata de todo establecimiento comercial o industrial que se dedica a la venta o producción de bienes y servicios, exceptuando las actividades profesionales y de oficios, realizadas por una persona física. Ejemplo, colmados, tienda de repuestos y salones de belleza. No se consideran negocios de único dueño, las oficinas dedicadas a la prestación de servicios de profesionales liberales.

Personas jurídicas. De acuerdo a las disposiciones de la Ley 479-08, Sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, son las que se les reconocen como sujeto de derecho y facultades para contraer obligaciones civiles y comerciales.

En virtud de la citada ley, se entiende que hay sociedad comercial cuando dos o más personas o entidades se obligan a aportar bienes para la realización de operaciones o negocios, con la finalidad de participar en las ganancias y asumir la responsabilidad frente a los compromisos de la sociedad comercial.

Entre las principales sociedades comerciales o empresas que se describen en la legislación dominicana se encuentran: sociedades anónimas, sociedad anónima simplificada, sociedad de responsabilidad limitada, sociedad en nombre colectivo, sociedad extranjera.